En lo que representa un giro histórico para la política agropecuaria y comercial de la región, la Justicia Federal ha dado por terminada la disputa judicial que mantenía bloqueada la flexibilización de la barrera sanitaria del Río Colorado. Con el reciente fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, queda firme la habilitación para que cortes de carne bovina con hueso (como el asado) ingresen a la Patagonia desde el norte del país.
La decisión judicial revoca un amparo previo presentado por la Federación de Instituciones Agropecuarias de Santa Cruz (FIAS), eliminando así el último obstáculo legal que impedía la plena vigencia de la normativa impulsada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
Durante más de 30 años, la barrera sanitaria funcionó como un escudo para proteger el estatus de la Patagonia como zona libre de fiebre aftosa sin vacunación. Sin embargo, el tribunal, integrado por los magistrados Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, consideró que el concepto de «riesgo cero» es biológicamente inalcanzable y que la gestión sanitaria moderna debe basarse en la administración técnica de los riesgos.
El fallo subraya que no existe evidencia de circulación del virus de la aftosa en el territorio nacional, lo que sustenta la razonabilidad de permitir el paso de productos bajo estrictos protocolos de trazabilidad y control. «La validez de una política pública no puede depender de su conveniencia económica para un sector específico», sentenciaron los jueces, desestimando las quejas de los productores patagónicos que advertían sobre una posible competencia desleal o peligros para las exportaciones.
La flexibilización busca un doble objetivo: por un lado, unificar el mercado cárnico argentino y, por el otro, generar una baja en los precios al consumidor en las provincias del sur, donde históricamente el asado ha tenido costos significativamente más altos que en el resto del país.
A partir de ahora, productos como el asado de diez costillas y el hueso plano podrán cruzar el río Colorado siempre que cumplan con las exigencias del Senasa, que incluyen el envasado al vacío y el enfriamiento.
Más allá de la carne, el fallo sienta una doctrina relevante sobre los límites del control judicial ante decisiones técnicas del Estado. Al imponer las costas del proceso a la federación agropecuaria demandante, la Justicia envió un mensaje claro sobre la solidez de las competencias del Senasa para regular el comercio interjurisdiccional.
Mientras los consumidores patagónicos celebran la posibilidad de acceder a precios más competitivos, el sector ganadero regional enfrenta ahora el desafío de reconfigurar su modelo de negocio en un escenario de fronteras abiertas, tras tres décadas de protección sanitaria y comercial.