En una sentencia que promete generar un «efecto cascada» en las administraciones municipales de todo el país, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, a cargo del juez Pablo Cristian Germain, dictó la nulidad total y parcial del cobro de tasas viales en el partido de Daireaux. La razón es contundente: el municipio cobraba por un servicio que no prestaba o que realizaba de manera deficiente.

Históricamente, los municipios han recaudado tasas rurales bajo el supuesto de que el mantenimiento de la red vial se realiza de forma general. Sin embargo, este nuevo fallo judicial cambia las reglas del juego al establecer que la tasa no es un impuesto. Mientras que los impuestos se pagan por la capacidad contributiva sin una contraprestación directa, las tasas deben responder a un servicio concreto, individualizado y comprobable.

«La tasa es retributiva de un servicio. Si ese servicio no existe, no hay obligación de pago», sostiene el espíritu de la sentencia. El magistrado determinó que, al no haber mantenimiento, el cobro se convierte en una afectación directa al derecho de propiedad de los productores.

El fallo se basó en peritajes técnicos y contables que revelaron una realidad crítica:

  • Estado de la red: El 96% de los caminos analizados presentaba deficiencias graves, con acumulación de agua y «ahuellamientos» que impedían la normal transitabilidad.
  • Desvío de recursos: Se comprobó que el municipio desvió entre el 22% y el 27% de lo recaudado por tasa vial hacia «Rentas Generales», utilizándolo para fines ajenos al arreglo de caminos.
  • Maquinaria obsoleta: La pericia constató que el parque vial municipal era insuficiente y antiguo para cumplir con las tareas exigidas.

El abogado de los productores demandantes, Jorge Moroni, aclaró que el objetivo no es el impago sistemático. «El productor no quiere dejar de pagar. Quiere caminos. ¿De qué sirve no pagar si después no puede sacar la producción?», expresó.

La sentencia no solo exime del pago hacia adelante en casos de abandono total, sino que también ordena la reliquidación y devolución de importes cobrados indebidamente. Para aquellos caminos cuyo mantenimiento fue «regular», el juez dispuso una reducción proporcional de la tasa, ajustando el cobro a la calidad real del servicio brindado.

Aunque el fallo corresponde a una jurisdicción bonaerense, los principios jurídicos aplicados son nacionales. En provincias con fuerte actividad agropecuaria como Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba, los productores ya han comenzado a consultar a sus asesores legales.

Este «leading case» marca un antes y un después en la transparencia de la gestión pública local: a partir de ahora, los municipios deberán demostrar con hechos, y no solo con boletas, que cada peso recaudado de la ruralidad vuelve efectivamente a la tierra en forma de servicios.

En Patagones y Viedma también se está analizando la situación de los caminos rurales y sus condiciones, ya que esta situación en Trenque Lauquen empieza a tener un impacto más global.

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Por Lucas Roche

✒Lic. Analista y Asesor Político💡 Especialista en Marketing y 🗣Discurso Político📊Campañas Electorales #elpolitologoyelpolitico @lucasroche_politologo