Una trabajadora del Centro de Atención Integral a la Niñez y Adolescencia (CAINA) del barrio Villa Esparza, en Sierra Grande, quedó formalmente imputada en una causa penal acusada de ejercer violencia física desproporcionada contra una niña de siete años bajo cuidado institucional.

El hecho investigado por el Ministerio Público Fiscal ocurrió la noche del 27 de mayo de 2026. Durante la audiencia formulada en San Antonio Oeste, el fiscal Roberto Veratti le atribuyó a la cuidadora haber ejercido “empujones, inmovilizaciones, reducciones físicas y el arrastre de la niña por los pasillos del establecimiento”. La Fiscalía encuadró la conducta en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, al considerar que la operadora abusó de su posición de autoridad y violó los protocolos vigentes de protección de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).

Pruebas clave en la causa

  • Registros en video: La denuncia fue radicada por la delegada de la Zona Atlántica de la SENAF e incluye fragmentos de las cámaras de seguridad del centro. Un informe de la División Judicial de Investigaciones analizó filmaciones tomadas entre el 17 de mayo y el 17 de junio.
  • Testimonios y normativas: Se sumaron las declaraciones de la coordinadora del establecimiento y de una operadora, junto con los manuales de actuación estatales que regulan la atención de menores en las áreas de Seguridad y Salud.

Medidas cautelares y plazo de investigación

El juez otorgó un plazo de cuatro meses para completar la investigación, periodo en el que se evaluar la realización de una entrevista en Cámara Gesell a la menor, quien actualmente reside con una familia solidaria.

Respecto a la situación laboral de la acusada, el Ministerio Público Fiscal solicitó prohibirle el ingreso al edificio para evitar el entorpecimiento de la causa y resguardar a los demás internos. Aunque la defensa —a cargo de la abogada Carriqueo— argumentó que la agente ya había sido reubicada de funciones y que un nuevo traslado resultaba excesivo, la justicia fijó una restricción intermedia: la imputada mantendrá sus tareas en la dependencia, pero no podrá tener ningún tipo de contacto ni acercamiento con la víctima ni con los niños que concurran al centro.

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Por Lucas Roche

✒Lic. Analista y Asesor Político💡 Especialista en Marketing y 🗣Discurso Político📊Campañas Electorales #elpolitologoyelpolitico @lucasroche_politologo