El Concejo Deliberante de Viedma, aprobó por mayoría, excepto el voto negativo de la concejal libertaria Ivi Franco, la modificación a la Ordenanza N° 8843, para controlar y sancionar a los propietarios de alquileres temporarios de Viedma y El Cóndor. El foco del Municipio no está en las grandes infraestructuras (grandes hoteles ni a los complejos construidos exclusivamente para tal fin), sino en el pequeño ahorrista, la familia común y el vecino que construyó con esfuerzo un departamento para ofrecerlo a turistas en internet.
Ya esta vigente y ahora el Juzgado Administrativo de faltas podría aplicar las siguientes sanciones: Severo apercibimiento, Multas, Inhabilitación, Clausura.
Las multas por infracciones según la ordenanza n°8843 tienen el siguiente tenor:
Teniendo en cuenta que 100 Unidades Fijas (UFs) equivalen hoy a $200.000, el vecino que pretenda alquilar su propiedad sin someterse al filtro burocrático o que no logre cumplir la interminable lista de requisitos estatales será sancionado con multas de hasta $800.000.
1 No contar con permiso turistico gratuito o habilitacion. 100 a 400 UFs comercial.
2 No cumplir con alguno de los requisitos de la habilitacion permiso turistico. 50 a 150 UFs comercial.
3 No llevar el libro de entrada y salida de huespedes. 50 a 100 UFs
4 No tener libro de reclamos. 50 a 100 UFs
5 No informar la ocupación del inmueble cuando es requerido por el organismo oficial. Informes de aptitud emitidos por gasista matriculado y electricista matriculado. 100 a 200 UFs
6 No cumplir los CAT y DAT tipo 5 con los requisitos establecidos en el art.12. 50 a 150 UFs
7 No cumplir con informar la modificacion edilicia y/o servicio. 50 a 100 UFs
8 No informar en el comprobante de reserva la fecha tope de mantenimiento de reserva o abonar la misma. 50 a 100 UFs
9 No cumplir con lo establecido en el art.24. 50 a 100UFs
10 Por obstaculizar las tareas de los inspectores. 100 a 150 UFs
11 No comunicar la tranferencia, venta, cesion o cierre de Turismo o la que en el futuro reemplace transitorio o definitivo del establecimiento de la Secretaria.100 a 400 UFs
12 Por la mala conservacion y mantencion de la totalidad o parte del edificio del establecimiento y de sus espacios libres. 50 a 200 UFs
13 Por cobrar tarifas superiores a las pactadas con los clientes. 100 a 400 UFs
14 Por realizar declaraciones o informaciones erróneas relativas al Establecimiento, ante el Organismo de Control, los huéspedes y /o publico en general. 50 a 100UFs
15 Por incumplir otra obligación prevista en la ordenanza n°8843 que no este enumerada anteriormente. 50 a 136 UFs
