Impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia La contadora Georgina Raijman comentó las últimas novedades en cuanto a la retención de ganancias en el recibo de sueldo y la normativa del impuesto a las ganancias y bienes personales que actualizo la AFIP.
Lo primero a tener en cuenta es que este organismo actualizo el monto a $2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos), esto quiere decir que los ingresos que se tuvo durante el pasado año (2020) como trabajador en relación de dependencia, deben ser declarados por medio de la declaración jurada informativa cuando se supere este importe.
Cabe destacar que el vencimiento de esta declaración es en julio. Seguido a esto, quienes estén en relación de dependencia deberán presentar además la declaración jurada de bienes personales.
Sujetos a presentar tal documentación están: trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados, monotributistas, socios de cooperativas y todos aquellos que superen el importe.
Por otra parte, destacó con respecto al impuesto a las ganancias que para que este no sea tan costoso es necesario informar al empleador mensualmente con el formulario SIRADIG 572.
En el mismo se detallan cuestiones relacionadas a: carga familiar, gastos médicos, alquiler, seguro de vida, donaciones a instituciones reconocidas por AFIP, intereses hipotecarios, empleados domésticos, seguros de retiro, gastos de indumentaria laboral.
Todo esto será presentado con las facturas correspondientes a dichos gastos. Quienes deseen contactarse para más información podrán dirigirse al estudio contable ubicado en la calle Rivadavia 235 (Viedma) o al teléfono 2920-242427.
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